SERVICIOS JURÍDICOS - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES

1.

¿Como se inician los trámites en la constitución de una sociedad?

2.

¿Improdex nos informa del proceso?

3.

¿Puedo realizar las gestiones yo mismo conociendo los pasos necesarios o es conveniente recibir asesoramiento?

4.

¿En que aspectos debo recibir asesoramiento?

5.

¿Cuanto me podría costar constituir una Sociedad Limitada con todos los costes incluidos y que servicios me incluiría?

6. ¿Que tipos de Sociedades asesoran para constituirse?
7. ¿Cuándo debo abonar la provisión de fondos?
8. ¿Tengo que desplazarme hasta la Asesoría?
9. ¿Tengo que depositar el capital social en el banco?
10. ¿Puedo disponer de ese dinero inmediatamente?
11. ¿Cuándo puedo empezar a operar con la Sociedad?
12. ¿Puedo aportar bienes distintos del dinero?
13. ¿Crean empresas en cualquier provincia de España?
   

RESPUESTAS

1.

¿Como se inician los trámites en la constitución de una sociedad Limitada, Anónima o Laboral?

 
El primer paso es solicitar del Registro Mercantil Central una certificación negativa de la denominación social. Para ello hay que facilitar los datos personales de un socio fundador.

2.

¿Improdex nos informa del proceso?

 
Sí, nos encargamos de informarle de todo lo necesario para la creación de la Sociedad y de ofrecer el asesoramiento previo. No todas las Sociedades son iguales y según cada proyecto habrá que tener en cuenta cómo influye, por ejemplo, el número de socios, su capital social y su pertenencia en el órgano de administración en su inclusión en alguno de los régimenes de la Seguridad Social. 

3.

¿Puedo realizar las gestiones yo mismo conociendo los pasos necesarios o es conveniente recibir asesoramiento?

 

Las gestiones pueden ser realizadas por el interesado pero es conveniente contar con el apoyo y experiencia de profesionales que reduzcan al mínimo el tiempo de puesta en marcha del proyecto y ofrezcan garantías.

Por otra parte algunas veces, en el trato con las distintas administraciones, surgen imprevistos con los diferentes funcionarios, que son más fáciles de solventar si se conoce la legislación aplicable en cada caso.

4.

¿En que aspectos debo recibir asesoramiento?

 
Son múltiples: para saber qué tipo de Sociedad es la más adecuada; si es posible que sea unipersonal; para conocer el tratamiento que la Seguridad Social da a los trabajadores, socios y administradores; para saber si la actividad que se va a relizar está sujeta a algún tipo de autorización administrativa; para saber las obligaciones fiscales, sociales y laborales que será preciso cumplir, etc... 

5.

¿Cuanto me podría costar constituir una Sociedad Limitada con todos los costes incluidos y que servicios me incluiría?

 

A modo orientativo, una Sociedad Limitada con un capital de 3.006 euros que tenga un Administrador Unico puede costar, incluidos todos los gastos unos , 400 EUROS, siempre que sea una sociedad a medida no constituida con los estatutos tipo en nuestra condición de PAE (Punto de atención al emprendedor), ya que en este caso el coste sería de cero euros y debería hacer frente solo a los Gastos Notariales y del Registro Mercantil. Es decir, por el trámite de constitución de la sociedad no cobraríamos nada, siempre que no haga falta al emprendedor asesoramiento en otras materias puesto que este asesoramiento si se lo presupuestaríamos.

Hay que tener en cuenta que el capital social y el órgano de administración son, entre otros, algunos de los factores que influyen en los costes de constitución puesto que la minuta del Notario se fija también por la cuantía. 

6. ¿Que tipos de Sociedades asesoran para constituirse?
 
De todo tipo: Sociedades Limitadas, Anónimas, Cooperativas, Sociedades Laborales...
7. ¿Cuándo debo abonar la provisión de fondos?
 
Al inicio de todos los trámites, para poder hacer frente a los pagos que hay que efectuar comenzando por la solicitud de la certificación negativa de la denominación social.
8. ¿Tengo que desplazarme hasta la Asesoría?
 
No es imprescindible, pudiendo realizar los trámites a distancia mediante correo electrónico, teléfono, etc. Lo que si necesitaremos son los documentos identificativos de los socios (NIF, NIE, Pasaporte) escaneados, y que nos realicen una provisión de fondos.
9. ¿Tengo que depositar el capital social en el banco?
 
Sí, porque para firmar la escritura de constitución es requisito imprescindible la certificación bancaria acreditativa del desembolso.
10. ¿Puedo disponer de ese dinero inmediatamente?
 
No, el banco no permite disponer de ese dinero hasta que no se presenta la escritura debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Por ello agilizamos las operaciones para que la inscripción se produzca en el mínimo tiempo posible.
11. ¿Cuándo puedo empezar a operar con la Sociedad?
 
Desde el momento en que se presenten las declaraciones de alta en censos para obtener el CIF.
12. ¿Puedo aportar bienes distintos del dinero?
 
Sí, es posible aportar bienes muebles, inmuebles... aunque ello exige el cumplimiento de ciertos requisitos según el tipo de bien y la clase de sociedad. 
13. ¿Asesoran en creación de empresas en cualquier Comunidad de España?
 
Si. En cualquier lugar de España ya sea a través de nuestra condición de PAE como independientemente de ella, por ejemplo en los casos en los que no se deseen estatutos tipo para una Sociedad Limitada o para el caso de Sociedad diferentes de la S.L.. En colaboración con las diferentes Notarías repartidas por España podemos ayudarle a crear su sociedad.